U N E S C O

La UNESCO es la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Fue creada en 1945 con el objetivo de promover la cooperación internacional y contribuir a la paz mediante la protección del patrimonio cultural y natural, la educación, la ciencia y la cultura.

En materia patrimonial, la UNESCO impulsa la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (1972), un instrumento internacional destinado a identificar, proteger, conservar y transmitir a las futuras generaciones aquellos bienes que poseen un Valor Universal Excepcional, reconociéndolos como patrimonio de toda la humanidad.

Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural
EN CHILE

Chile ratificó la Convención en el año 1980, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias para la identificación, protección, conservación, puesta en valor y transmisión de su patrimonio cultural y natural, en conformidad con los principios y obligaciones establecidos en dicho acuerdo.

La aplicación de la Convención corresponde al Comité del Patrimonio Mundial, órgano responsable de decidir la inscripción de los bienes en la Lista del Patrimonio Mundial, supervisar su estado de conservación, asignar asistencia financiera del Fondo del Patrimonio Mundial y definir orientaciones estratégicas para la implementación de la Convención, a través de sus reuniones ordinarias y extraordinarias.

¿QUÉ ES LA LISTA DE
PATRIMONIO MUNDIAL?

Es el instrumento que identifica y reconoce aquellos bienes culturales y naturales que poseen Valor Universal Excepcional: un valor que trasciende las fronteras nacionales y tiene importancia para toda la humanidad.

La inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial implica el reconocimiento de que dicho bien cumple con uno o más de los criterios definidos por el Comité del Patrimonio Mundial, mantiene condiciones adecuadas de autenticidad e integridad y cuenta con mecanismos de protección y gestión eficaces, que aseguren su conservación a largo plazo.

Actualmente, la Lista del Patrimonio Mundial está compuesta por más de mil bienes inscritos en Estados Parte de la Convención a nivel global. Chile cuenta con siete sitios inscritos, dos de los cuales se localizan en la Región de Valparaíso: el Parque Nacional Rapa Nui y el Área Histórica de la Ciudad Puerto de Valparaíso.

En el año 2003, la UNESCO inscribió el Área Histórica de la Ciudad-Puerto de Valparaíso en la Lista del Patrimonio Mundial, tras un proceso formal de identificación, estudio y postulación, encabezado por el Estado de Chile, conforme a los procedimientos establecidos en la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (1972).

Este proceso implicó la elaboración de un expediente técnico de nominación, donde el Estado de Chile acreditó que el sitio cumplía con los criterios de Valor Universal Excepcional, así como con las condiciones de integridad, autenticidad y protección, exigidas por el Comité del Patrimonio Mundial para su eventual inscripción.

La UNESCO reconoció que el Área Histórica de Valparaíso constituye un testimonio excepcional de la fase temprana de la globalización de fines del siglo XIX. 

En este período, la ciudad se consolidó como el principal puerto comercial de la costa del Pacífico sur, articulando rutas marítimas, económicas y culturales a escala mundial, particularmente a través del Estrecho de Magallanes, antes de la apertura del Canal de Panamá.

UNESCO

EN

VALPARAÍSO

CONTEXTO HISTÓRICO Y POLÍTICO DE LA INSCRIPCIÓN

La postulación y posterior inscripción del Área Histórica de Valparaíso se desarrolló en un contexto histórico y político marcado por la consolidación de la democracia en Chile, la progresiva revalorización del patrimonio cultural como bien público y la incorporación de estándares internacionales en materia de conservación y desarrollo sostenible.

FUNDAMENTOS DE LA INSCRIPCIÓN

La inscripción del Sitio se sustentó en el cumplimiento del criterio (iii) de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, que reconoce bienes que “aportan un testimonio único o al menos excepcional de una tradición cultural o de una civilización existente o ya desaparecida”.

Atributos

Trazado Urbano

Por su aspecto de anfiteatro que mira al mar, con cerros que se conectan a una estrecha planicie, da origen a un paisaje de múltiples y variadas relaciones entre lo lejano y lo cercano, y a un diseño de calles que se adapta de modo innovador a quebradas, cauces y pendientes.

Infraestructura de Transportes Tradicionales

Consiguió una solución tecnológica óptima para unir diferentes puntos del territorio, con la construcción a fines del siglo 19 de más de 30 ascensores funiculares, miradores naturales de la ciudad, y luego trolebuses, ambos medios de transporte con un alto valor histórico y de identidad social.

Patrimonio Portuario y Naval

Posee inmuebles que fueron proezas constructivas e ingenieriles y que fundaron las bases del desarrollo de un puerto líder en el Pacífico Sur americano, como Muelle Prat, edificios de la Armada, Aduana, entre otros, además de restos arqueológicos y patrimonio subacuático.

Arquitectura

Cuenta con casas y edificios monumentales que se adaptaron al paisaje, fruto de un diálogo entre diferentes estilos arquitectónicos, el uso de innovadores materiales y la combinación de las habilidades técnicas de constructores provenientes de todas partes del mundo.

Espacios Públicos

Dentro de sus límites se encuentra una gran diversidad de espacios públicos, como plazas, paseos, miradores y paseos miradores, y otros menos tradicionales como escaleras, pasajes, subidas, bifurcaciones, encrucijadas y espacios entre las viviendas.

Expresiones de Patrimonio Inmaterial

Sus habitantes conservan tradiciones, costumbres y expresiones artísticas que son reflejo de una vida de barrio de gran riqueza histórica y cultural y un carácter cosmopolita, diverso y plural, como la música de la bohemia del puerto, el canto a lo poeta y el baile chino.

¿CUÁL ES EL ROL
DE LA UNESCO
EN EL SPM?

La UNESCO se vincula con los Sitios Patrimonio Mundial a través de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (1972), estableciendo principios, criterios y estándares internacionales para su protección, conservación y gestión, así como mecanismos de monitoreo y recomendaciones orientados a resguardar el Valor Universal Excepcional.

La Convención define:

Qué bienes pueden ser considerados Patrimonio Mundial.

Cuáles son los criterios para su inscripción.

Cómo deben ser protegidos y gestionados una vez inscritos.

La responsabilidad principal de conservación y gestión de los Sitios, recae en el Estado Parte del territorio que se encuentre.

LA UNESCO

 APLICA Y SUPERVISA EL CUMPLIMIENTO DE CRITERIOS ESTABLECIDOS POR LA CONVENCIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LOS SITIOS

ESTABLECE PRINCIPIOS, CRITERIOS Y ORIENTACIONES TÉCNICAS PARA SU CONSERVACIÓN 

REALIZA SEGUIMIENTO A TRAVÉS DE INFORMES QUE LOS ESTADOS DEBEN PRESENTAR PERIÓDICAMENTE 

EMITE RECOMENDACIONES PARA FORTALECER LA PROTECCIÓN DE LOS SITIOS 

PUEDE COLABORAR DE MANERA PUNTUAL, MEDIANTE ASESORÍAS TÉCNICAS O LA POSTULACIÓN A FONDOS ESPECÍFICOS

 

LA UNESCO NO

NO ADMINISTRA NI GESTIONA DIRECTAMENTE EL SITIO PATRIMONIO MUNDIAL DE VALPARAÍSO, NI NINGÚN OTRO SITIO

NO EJECUTA OBRAS, PROYECTOS, NI REALIZA INTERVENCIONES LOCALES EN EL TERRITORIO

NO FINANCIA DE MANERA PERMANENTE LA CONSERVACIÓN, MANTENCIÓN O GESTIÓN DE LOS SITIOS

NO TOMA DECISIONES DIRECTAS SOBRE PROYECTOS O INTERVENCIONES ESPECÍFICAS EN EL ÁREA PATRIMONIAL. ESTAS CORRESPONDEN A AUTORIDADES E INSTITUCIONES COMPETENTES DEL ESTADO PARTE